este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 02 de diciembre de 2014, de ocho (08) años de edad a la Ciudadana FELIA BENARDA TELLERIA DE VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.915.842, en su condición de abuela paterna, domiciliada en el Caserío Vallecito, Vía Temerla, casa s/n antes de la Escuela Alfredo Pietri, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, quien tendrá la responsabilidad de crianza, así como el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente a la niña IDENTIDAD OMITIDA, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa o se determine otra modalidad de medida protección; en consecuencia, deberá permanecer.....