Este Tribunal Cuarto en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley revoca la Medida Cautelar otorgada en su oportunidad al imputado GUSTAVO ESPIDEL, titular de la cédula de identidad N° 10.278.889, residenciado en Guaniamo, Sector Cuniamo del Municipio Cedeño del Estado Bolívar ordenando su inmediata CAPTURA, ello conforme a lo establecido en el articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena oficiar los organismos policiales correspondientes, y una vez capturado debe ser presentarlo ante éste Tribunal Cuarto de Control a los fines legales consiguientes.