PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de falta de cualidad alegada por la representación judicial del Instituto Autónomo para la Salud del Estado Yaracuy (PROSALUD).
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Beneficios Laborales incoada por el ciudadano Doryan Eduardo Urdaneta Labarca, titular de las cedula de identidad Nro. 4.145.518 contra el Instituto Autónomo para la Salud del Estado Yaracuy (PROSALUD) y el Ministerio Del Poder Popular Para La Salud Y Desarrollo Social. En consecuencia, se ordena al Instituto Autónomo para la Salud del estado Yaracuy a realizar los tramites pertinentes para que le sea otorgada el Beneficio de la Jubilación al ciudadano Doryan Eduardo Urdaneta Labarca, ya identificado.