En consecuencia, este Tribunal Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio en los mismos términos en que expuestos en el escrito libelar y declara disuelto el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JOSE EDUARDO HERRERA HERNANDEZ Y ANGELICA MARIA MARQUINA PIÑA venezolanos, mayores de edad titular de la cedulas de identidad 20.725.035 y 20.742.842