Este Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, HOMOLOGA el ACUERDO otorgándole efecto de Cosa Juzgada, ordenando el cierre y archivo definitivo conforme al cronograma del Archivo Judicial, una vez conste en autos se haya efectuado el pago convenido en esta Acta para el día 15 de Diciembre de 2010. De igual manera, se procede a devolver las pruebas promovidas a las partes y se ordena dar por terminado el presente asunto en el Sistema Automatizado Juris 2000.