MEDIACION POSITIVA. En el día de hoy viernes ocho (08) de diciembre de 2017, a las 09:30 a.m, por solicitud de parte, se instalo la Audiencia Preliminar en la presente causa y visto que la mediación fue positiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y homologa EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, en los términos y condiciones contenidos en el acta levantada a tales fines, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada y como consecuencia de ello, se da por terminado el litigio.