En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos ANA MILANGELA MORENO GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° 13695711 Y Ciudadano JOSE MANUEL CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7906757. En consecuencia, con respecto a su hija, la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el 20 de junio de 2006, este tribunal establece las instituciones familiares de la siguiente manera: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la obligación de manutención: El padre aportara por concepto de obligación de manutención mensual la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (B.....