Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000236, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesto por el ciudadano: JUAN CARLOS MAITA Abogado en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.476 en representación de la ciudadana ANDREA MICHEL DIAZ BASALO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-24.541.754.-