este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE a la presente solicitud, relativa al procedimiento de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO seguida WENDY NATHALY MIRO MIERES, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en beneficio de la niña Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.