DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la OFERTA REAL DE PAGO Y DE DEPOSITO hecha por la Sociedad Mercantil C.V.G. PROMOCIONES FERROCA, S.A. (CVG FERROCASA) a favor de los ciudadanos ERNESTO JOSE MORENO YEJAS y MARIA GABRIELA LOMBARDI, presentada ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y en consecuencia CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ERNESTO JOSE MORENO YEJAS, asistido por el abogado ERNESTO J. MARTINEZ, ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civi.....