Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 774/13, acordándose su fijación una vez que la parte actora lo solicite. Cúmplase.-
CON N° 774/13
Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
COM N° 774/13
es por lo que este Juzgado Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo por cuanto el demandado de autos canceló la deuda mediante dinero en efectivo y de curso legal por un monto de Veintiún Mil Bolívares (Bs.21.000,00), más lo acordado por las partes en cuanto a los emolumentos cancelados a la Depo.....