En el dia a las 03.00 pm tuvo lugar la prolongacion de la audiencia preliminar y por cuanto la mediación ha sido positiva y no vulnera derechos irrenunciables de el ciudadano, MIGUEL MANUEL CUEVAS MONTERO, cédula de Identidad Nº V- 11.695.830, , ni normas de orden público, Homologa los acuerdos alcanzados por las partes contenidos en la presente acta de audiencia preliminar , en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 253, 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, artículos 10 y 11 de su Reglamento y artículos 257 y 258, 261 y 262 del código de procedimiento civil, se da por concluido el proceso.