este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE MODIFICA la sentencia objeto de consulta, quedando como consecuencia PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE ACRENCIAS LABORALES, interpuesta por la ciudadana ELIDA MARIA MORA NUÑEZ contra el INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO BOLIVAR, ambas partes identificadas en autos, en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.