Se dictó auto para mejor proveer ORDENÁNDOSE oficiar al Procurador General del Estado Bolívar, a los fines que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, remita el expediente administrativo o los antecedentes del acto impugnado correspondientes al querellante, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, asimismo, se ordenó librar boleta de notificación dirigida al demandante, a los fines que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación remita la partida de nacimiento correspondiente a su hijo menor.