DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte actora ciudadana EDELCIA RAMONA TELLERIA LÓPEZ, ya identificada, a través de su apoderada judicial abogada MARYLUNA AGUILAR, IPSA Nº 37.576, contra el auto dictado por el Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy , en fecha 05 de octubre de 2017, el cual declara la perención de la instancia, en el juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana EDELCIA RAMONA TELLERIA LÓPEZ en contra del ciudadano ROQUE JULIO AGUIRRE LETRADO; en consecuencia,
SEGUNDO: SE REVOCA el aludido auto de fecha 05 de octubre de 2017, proferido por el precitado Juzgado, de conformidad con los términos explanados en el presente fallo.
TERCERO: Se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que dicho órgano jurisdiccional, fije la causa al quinto día de despacho siguiente, una vez conste en autos la .....