D I S P O S I T I V O
En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente demanda por ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA Y DAÑOS A LA PROPIEDAD AGRARIA, incoada por la ciudadano VÍCTOR JOSÉ TORRELLES VELÁSQUEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.260.777, domiciliado en el Sector el Palmar, de los Cañizos, Municipio Veroes, Estado Yaracuy, en contra de los ciudadanos ZAIDA ÁVILA, ESTEBAN ÁVILA Y RONY GUERRA.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatorias en costas.
TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes intervinientes en la presente causa, que el presente fallo es dictado en audiencia oral y publica, dentro del término legal previsto para ello en el artículo 226 de la Ley .....