Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolivar y Delta Amacuro, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta sentenciainterlocutoria N° PJ06622015000043, en la cual declara que CONSERVA la Medida Ejecutiva de Embargo sobre los bienes de la propiedad de la empresa POOL EL EJECUTIVO, C.A., decretada por este Juzgado en fecha 02 de abril de 2014, a tenor de lo previsto en el articulo 295 del Código Orgánico Tributario de 2001.-