Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación ejercida por la parte demandada, contra la decisión publicada en fecha veintitrés (23) de octubre del año dos mil catorce (2014) por el Juzgado Tercero (3ro) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.