Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y como consecuencia de ello se establece al demandado ciudadano: LEONER ALEXANDER DOUBRONT ORTEGA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.557.215 y de este domicilio, la obligación de pagar:
Primero: La cantidad de CUARENTA Y CINCO DOLARES ESTADOUNIDENSES SEMANALES (45,00 USD) o su equivalentes en Bolívares de acuerdo a la tasa fijada por el banco Central de Venezuela para el día en que se efectúe el pago, para la manutención de la niña en referencia a partir de la fecha de esta decisión.
Segundo: El pago, de dos (2) cuotas adicionales a la de manutención semanal, la primera entre los días 15 de agosto al 15 de septiembre por la cantidad de TRESCIENTOS DO.....