DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Única de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Se REVOCA la decisión apelada dictada en fecha 13 de Diciembre de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante Nº 2 de este Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy. SEGUNDO: Que la medida de privación Judicial de Libertad en este caso concreto no decae aun cuando haya transcurrido más de dos años y su prórroga desde que se dictó la Privación Judicial Preventiva de Libertad para el acusado CARLOS SIMON OROZCO BAZAN, plenamente identificados en actas, al haberse analizado por quienes deciden, en la relación inter procesal de la causa N° UP01-P-2014-000609, que se está en presencia de un asunto que por su complejidad se han producido Dilaciones Debidas y que no obstante de haberse detectado descuido en .....