DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: CARLOS ALFREDO FERNÁNDEZ AGUILAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.496.128 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de la niña (Identidad Omitida), de nueve (9) meses de edad y de este domicilio, por la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 852.000) mensuales pagaderos al inicio de cada mes, los cuales deberá entregar directamente a la madre de la niña en referencia, previo recibo firmado por ésta o consignarlos en la cuenta de ahorros que al efecto le indique el Tribunal o que se abra para tal fin.-.....