Acuerda HOMOLOGAR EL CONVENIO suscrito entre las partes en sus propios términos, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado de manutención se comprometió dar a la madre de su hija dinero para los pasajes y cuando nazca la niña le entregará directamente la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES quincenales y aportará el cincuenta por ciento de las cuotas extras para medicinas, asistencia médica y lo correspondiente al mes de diciembre.
Tómese razón en el diario y déjese copia certificada de esta decisión para el archivo.
El Juez:
Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.-
La Secretaria Accidental:
Feliliana del Valle Palacio V.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Ac.....