DISPOSITIVA
Haciendo uso de criterios jurisprudenciales y de una revisión exhaustiva de las actas y
probanzas cursantes en el expediente, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR,
EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la DEMANDA DE NULIDAD, incoado por la ciudadana DAYANA
JOSEFINA RONDON BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la
cédula de identidad Nº V- 17.338.511, en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº
2015-00322, DE FECHA 27 DE MAYO DE 2015, DICTADA POR LA INSPECTORIA DEL
TRABAJO ALFREDO MANEIRO.
SEGUNDO: En consecuencia de la declaratoria anterior se ratifica la PROVIDENCIA
ADMINISTRATIVA Nº 2015-00322, DE FECHA 27 DE MAYO DE 2015, DICTADA POR LA
INSPECTORIA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO.
TERCERO: Se ordena oficiar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJ.....