Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados ORLANDO DE JESUS MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.725.514, nacido el 18-11-1969, de 37 años de edad, taxista, residenciado en la Sabanita, calle Victoria, casa Nro. 51 a la altura de la vuelta al cacho cerca de la Escuela “Cruz del Valle Rodríguez” y JUAN CARLOS SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.369.423, nacido el 14-01-1988, de 19 años de edad, herrero, residenciado en el Barrio Nazareth, Calle La Paz, casa Nro. 16 cerca de las tres brisas; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS LEGALES CORRESPONDIENTES, por la comisión del delito Robo Agravado de Vehículo Automotor en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 84 ordi.....