En este estado la apoderada judicial de la parte actora expone: "designo como experto Grafotécnico al ciudadano: GIOVANNI CELESTINO ALVAREZ BAQUERO, titular de la cédula de identidad N° V-3.261.897, a cuyo efecto consignó carta de aceptación, currículo y fotocopia de la cédula de identidad". El Tribunal vista la designación y consignación de la carta de aceptación suscrita por el mencionado experto, fija el tercer día de despacho siguiente al de hoy, a las 11:00 am, para que el experto preste juramento. Asimismo este juzgador conforme lo dispuesto en el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil designa por la parte demandada al experto SEGUNDO RAMON RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.459.913, domiciliado en la 8va Avenida, entre calles 14 y 15, San Felipe, Estado Yaracuy, finalmente se designa como tercer experto al ciudadano ONELDO LOPEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.578.651, domiciliado en l.....