´DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana PÉREZ DE MELO NICOLASA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-829.245, y quien residía en Barrio Obrero, casa N° 25, municipio Cocorote, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos MELO ANZOLA JUAN JOSÉ, MELO PÉREZ LILIAN MARGOT y MELO PÉREZ ALEXIS RAMÓN, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº 3.261.258, 7.584.445 y 7.590.726 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.895-24 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. ´