Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ MANUEL QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 7.519.190, en contra de la Alcaldía del Municipio Nirgua del estado Yaracuy.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS por la naturaleza de la decisión, conforme al artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar al Sindico Procurador del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, de la presente decisión.
CUARTO: Remítanse la presente actuación al Tribunal de origen una vez que trascurra el lapso establecido en la Ley.