este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano MÁXIMO NICOLÁS TACOA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.507.362, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicada en la prolongación de la calle N° 7 con calle 6, sector la Cruz, Cocorote, Jurisdicción del Municipio Cocorote del estado Yaracuy