En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: improcedente EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el ciudadano NEPTALI BLANCO, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JORGE HUMBERTO ECHEVARRIA CHACON, contra el auto inserto al folio 52, de fecha 25 de octubre de 2017, dictado por el Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Sifontes Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, en el procedimiento de CONSIGNACION CANON DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por el ciudadano JORGE HUMBERTO ECHAVARRIA CHACON contra el ciudadano ROGER ZAMORA C., cuyo expediente en el tribunal A-quo, es el Nro. S-20.238-2017, y en consecuencia confirma el auto de fecha 25 de octubre de 2017 dictado por el Tribunal de la causa.....