DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano PARRA YOLMAN JOSÉ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.277.937, debidamente asistido por el abogado GUTIERREZ BURGOS GILBERT ALBERTO, Inpreabogado N° 209.870; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad del Instituto Nacional Tierras Urbanas, que mide CIENTO NOVENTA Y SEIS CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (196,50 mts2) y un área de construcción de SETENTA Y CUATRO CON TRES METROS CUADRADOS (74,03 mts2), ubicadas en la calle José Félix Rivas entre calle El Nazareno y calle El Drenaje, sector II, Las Tapias, parroquia San Felipe, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en tres (03) cuartos, un (01) baño, una (01) sala-comedor, una (01) cocina, un (01) área de lavadero, instalaciones eléctricas, red de tuberías de aguas blancas y negras, puertas de ma.....