Mediante sentencia dictada en el día de hoy, este Juzgado Superior se declaró competente y admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana GISEL NEUDELIS MORENO MUÑOZ, contra la presunta negativa de la sociedad mercantil HIDROBOLÍVAR, C.A. de acatar la Providencia Administrativa Nº 2009-348, dictada en fecha 19 de agosto de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la accionante.