en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de NULIDAD DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ANYIS ANDREINA HERNANDEZ AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.405856, asistida por la abogada MARIE GARCIA, Defensora Pública Provisoria Cuarta con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Yaracuy, actuando en beneficio de su hijo, el niño IDENTIDAD OMITIDA.
En consecuencia, se ordena la Nulidad delasActas de Nacimiento, que se encuentran insertasbajo los Nros. 417 del año 2013, 27 del año 2014, así como el acta de reconocimiento signada con el Nº 26 del año 2014, todas expe.....