En vista de lo anterior, este Tribunal de Control N° 3 "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano LUIS ALBERTO GONZALEZ GOMEZ, venezolano, de 39 años de edad, domiciliado en Calle 6 entre Avenidas 10 y 11, Casa S/N, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad N° 9.600.558, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículos 417 del Código Penal, en perjuicio de NAILETH DALIMAR GONZALEZ, de conformidad al Artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia Declara la Extinción de la acción penal, de conformidad con los artículos 48 ordinal 7° ejusdem. Diarícese y Regístrese. Cúmplase.
La Jueza de Control N° 3
La Secretaria
Abog. María Inés Pérez Guntiñas
Abog. Diosa Rivas