actuando en nombre de la empresa Del Sur Banco Universal C.A., identificados en autos, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma, tomando la palabra de la parte actora quien solicita sea decretado un despacho saneador a los fines de establecer con claridad los conceptos reclamados dentro del libelo, para lo cual este juzgado se reserva su pronunciamiento, acto seguid las partes esgrimen situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el juez consideran pertinente la prolongación de la presente audiencia se fija la misma para el Viernes 25 de Enero de 2.008 a las 02:00 p.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.