En tal virtud la ciudadana NANCY REBECA MARQUEZ VASQUEZ, tendrá un régimen de convivencia familiar, en beneficio de sus hijos, los niños Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de once (11), ocho (08), siete (07), cinco (05) y tres (03) años de edad respectivamente de la siguiente manera: la madre podrá recoger a sus hijos en el hogar paterno, los días sábados desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.) hasta las seis de la tarde (6:00 p.m.) del día domingo, de forma alterna, es decir cada quince (15) días, hasta tanto sea decidida la solicitud de responsabilidad de crianza y se establezca un nuevo régimen a cumplir. En el mes de diciembre la madre podrá recoger a sus hijos desde el día 15 de diciembre hasta el 22 del mismo mes, a los fines de pasar una temporada de la época navideña con ella; el presente acuerdo será a partir de la fecha de suscripción del mismo.
Publíquese y Regístrese. Déjese Copia Cert.....