Por todo lo antes expuesto este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda de resolución de contrato de opción a compra interpuesto por WILMA DEL VALLE HERNANDEZ MORILLO y MIGUEL ANTONIO MAITA BLANCA contra JOSE RICARDO SALAZAR GAMBOA, JOSE MIGUEL SALAZAR GAMBOA e YSABEL SALAZAR GAMBOA. Así se decide.