en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana, Torres Arias Carolina Antonia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.314.834, de este domicilio, representante legal de sus hijos (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), asistido por el abogado Joseph Manuel Alvarado Ochoa, inpreabogado N° 148.440 para que proceda a cobrar a favor de sus hijos la suma de dinero que le corresponda, por haber sido hijos del ciudadano LEONARDO JOSE SANCHEZ ROJAS , quien era titular de la cedula de identidad Nº 16.586.264, fallecido ab-intestato en fecha 23 de Julio de 2012, por ante la .....