.-DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ordena paralizar el proceso, en el presente juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA, seguido por el ciudadano MIGUEL RAMON ROJAS en contra de la ciudadana OLGA ALARCON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad N° 6.028.892; ello de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra El Desalojo y La Desocupación Arbitraria de Viviendas, hasta tanto las partes acrediten en autos el cumplimiento del procedimiento especial establecido en dicho Decreto.-
Regístrese, publíquese, notifíquese, déjese copia de conformidad con lo dispuesto en el art.....