Dispositiva
En virtud de los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abg. Omar Antonio González, y en consecuencia ANULA la decisión dictada por el Tribunal de Juicio N° 2 por ser violatoria del debido proceso y ACUERDA realizar nuevamente el juicio oral y público, en el presente asunto seguido en contra de los acusados Ascensión José Cedeño y Gabriel Eduardo Vera Guarecucu.