Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO SALAZAR RODRIGUEZ, procediendo en su carácter de Presidente de la FUNDACION DESARROLLO, DEPORTE Y RECREACION DE CIUDAD GUAYANA (FUNDEPORTE) identificados ut supra, en contra de los ciudadanos ANDERSON WILLIAN PEZUA ARANDIA, JESUS GUILLERMO PEZUA ARANDIA, JESUS RAFAEL CAMAUTA, JOSE ALEXANDER CAMACHO GOMEZ, WILLIAMS JOSE RUBIO ROJAS, DAMELIS JOSEFINA MAYS JIMENEZ y YUSMAURI DEL CARMEN CHINA PEREZ, suficientemente identificados ut supra. – Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil,.....