´Ahora bien, dicho esto, tenemos que la decisión interlocutoria dictada por este Tribunal Superior en fecha 22/04/2024, declaró: "...Primero: CON LUGAR la apelación ejercida por el Abg. OLIVER AGUIRRE ROJAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandante, ciudadana FRANCIA REQUESENS, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial. Segundo: Queda así REVOCADA la sentencia recurrida por los argumentos expuestos. Tercero: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Cuarto: Se ordena la notificación de la presente decisión, conforme a lo previsto en los artículos 233 y 251 eiusdem. Líbrense boletas..."; evidenciándose con ello, que la recurrida es una sentencia que no pone fin al proceso, no causa gravamen irreparable, no impide la continuación del juicio y, no es una definitiva formal, por tanto, el recurso de casación interpuesto por el abogado EDSON ALEJANDRO ROJAS.....