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Decisiones del dia 10/07/2025

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 22085 N° Sentencia : 266 Fecha: 10/07/2025
Procedimiento:
Accion Reivindicatoria
Partes:
MARLENIS NOEMI GONZÁLEZ Y EDIS RAMON QUIJADA VS INGRID FEBRES Y LEANDRO BOLÍVAR
Resumen:
´CAPITULO IV DISPOSITIVA En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO:INADMISIBLE la presente demanda de ACCIÓN REIVINDICATORIAy los anexos que le acompañan, incoada por los ciudadanos MARLENIS NOEMI GONZÁLEZ Y EDIS RAMON QUIJADAROSAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-.13.076.027 y V- 4.515.955, respectivamente, asistida por la abogada Angélica Molina, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 193.333.7, en contra de los ciudadanosINGRID FEBRES Y LEANDRO BOLÍVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-13.994.393 y V-18.451.496,por infringir el artículo 340 numeral 6° del Código de Procedimiento Civil al no acompañar los documento en el cual sustenta la presente acci.....
Juez/Ponente:
Wander Jose Blanco Montilla
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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N° Expediente : 21346 N° Sentencia : 265 Fecha: 10/07/2025
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
SELVA ANTONIETA RIVAS CARVAJAL VS ISSA ALI EL SAHLI
Resumen:
´´Dicho esto y conforme a los criterios jurisprudenciales anteriormente transcritos, quien suscribe como director del proceso y responsable del orden público constitucional en franca armonía con el criterio del Tribunal Supremo de Justicia, basado en los lineamientos pautados en los Artículos 334 y 335 del texto fundamental, se observa que el abogado designado como defensor ad Litem en la presente causa no ejerció debidamente sus funciones en pro de buscar el mejor derecho para su defendido, en razón de que no indico haber realizado alguna diligencia en aras de ubicar a su defendió y no promovió pruebas en la oportunidad indicada por este Juzgador, siendo este un requisito de estricto cumplimiento conforme a la Jurisprudencia Patria supra transcrita, y siendo que el Juez es solidariamente responsable y debe velar por el cumplimiento oportuno de las diligencias realizadas por el Defensor Ad Litem, por tanto, se REPONE la causa al estado de promoción de pruebas, en consecuencia, se deja.....
Juez/Ponente:
Wander Jose Blanco Montilla
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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