Decisión
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella presentada por MIRIAM ZULAY SALAS ZAMBRANO, contra LUISA ANA YOLEIDA IBARRA ZAMBRANO y LUCIDIO ENRIQUE PERNIA RUIZ por el delito de Violencia Psicológica previsto en los artículos 4 y 6 de la Ley sobre la Violencia CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, por tratarse de un delito de acción pública que requiere la presentación del acto conclusivo por parte de la Fiscalía Octava del Ministerio Público. El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 405 del COPP; Artículos 4 y 6 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL N° 05
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA
ABG. SIO.....