este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por la parte demandante recurrente, en contra de la sentencia de fecha 02/06/2011, dictada por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, como consecuencia de ello se modifica la referida sentencia por las razones que se expondrán ampliamente en el fallo integro del presente dispositivo. SEGUNDO: No hay condena en costas dadas las características del fallo.
La presente decisión está fundamentada en los artículos 2, 19, 26, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en los artículos 2, 5, 6, 11, 129, 130, 131, 163, 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y en los a.....