declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: FRANKLIN JOSE RIVERO ESCOVAR y MONICA GOMEZ MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° V-10.855.961 y V-8.711.315 respectivamente, sobre unas mejoras a unas bienhechurías en un área de terreno propiedad de los solicitantes, según se evidencia en el documento debidamente registrado ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autónomos Urachiche y José Antonio Páez, Estado Yaracuy, en fecha Cuatro (04) de Octubre del año Dos Mil Cinco, bajo el Nº 01, Folios 01 al 04, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre del año 2005, dichas mejoras consisten en la construcción de una casa de dos plantas, cuya ubicación, medidas y linderos según la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, ubicada en la Calle 06, Esquina Carrera 01-B, Sector El Esfuerzo, Barrio El Silencio, dicho terreno tiene un área de Cuatrocientos Diecinueve Metros Cuadrados con Seten.....