En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JOSE LUIS OJEDA inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.594, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora ciudadana SIRIA BELSARA MORR MONTIEL contra la sentencia dictada en fecha 29 de Junio de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la decisión.