Por las razones anteriormente expuestas y cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 01 de octubre de 2012, por el Abogado Esteban Montes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.725.454, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.049, representante judicial de la empresa SEGUROS CARONÍ, C.A., ubicada en el Centro Comercial Cristal, Mezzanina, Locales 1 y 2, Alta Vista, de la ciudad de Puerto Ordaz del Estado Bolívar, contra la Resolución Nº 1920 de fecha 25 de mayo de 2011, emanada de la Alcaldía del Municipio Caroní del Estado Bolívar.