, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, actuando bajo el interés Superior del Adolescente (Identidad Omitida según el artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN formulada por la ciudadana GREGORIA SORINELA SALAS, plenamente identificada en autos, contra el ciudadano JORGE ALBERTO CORDERO ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.283.641