Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JESUS ARMANDO MUÑOZ RAMONES, quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-4.829.572, fallecido en Puerto Ordaz, Municipio Caroni del Estado Bolívar, en fecha: Veintinueve (29) de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a su esposa GLENDA ELENA DAVIDSON MANRIQUE, y sus hijos: ALFONSO ENRIQUE MUÑOZ DAVIDSON, VYTHALIS ARMANDO MUÑOZ DAVIDSON Y MARÍA ZARINA MUÑOZ DAVIDSON; ya identificado.....