Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REGULACIÓN DE COMPETENCIA formulada por el ciudadano ELVIS ADRIAN BUSTAMANTE MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.191.571, en la persona de su apoderada judicial Abg. SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.282.113, e inscrita en el inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 81.067, contra la decisión de fecha 07 de agosto de 2018, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto N° UP11-V-2016-000995. SEGUNDO: SE REVOCA la s.....